Existen cinco consejos ineludibles que se deben tener siempre presentes cuando se está en mora con alguna deuda y se pretende salir del veraz lo antes posible y acceder nuevamente al crédito. Estos son los siguientes:
Primero: Si no tiene cancelado su crédito, aprenda a determinar desde cuando cayó en mora su deuda, porque de ello depende la posibilidad de liberar su firma por prescripción de la deuda.
Recuerde que de acuerdo a las distintas leyes que rigen en la materia, los informes de cheques impagos prescriben a los dos años, las tarjetas de créditos a los tres años y los demás créditos a los cinco años.
Segundo: Cuando se está en mora con una deuda por un tiempo prolongado se debe evitar refinanciar la misma por teléfono o a la distancia con supuestos “estudios Jurídicos” o de “Cobranzas”.
Estos cobradores casi nunca tienen en su poder la documentación original, sobre todo el “Pagaré” que se firmó cuando inicialmente contrajo la deuda. Solo cuentan con una base de datos en CD de una cantidad de deudores que tratan de cobrar, y por ello, aunque usted abone lo que le piden, nunca le devolverán el documento que firmó la primera vez.
Tercero: Si llaman por teléfono o le envían una “intimación de pago” a usted, un familiar o a su trabajo, recíbalos y pídales su identificación, dirección, teléfono y un correo o mail, para contestarles su intimación.
Lo mejor es conocer de quien se trata y poder contestarles sus intimaciones porque de lo contrario no se detendrán en la coacción o “apriete” telefónico que realizan para cobrar deudas que ya son incobrables judicialmente, o están presciptas por el transcurso del tiempo.
Cuarto: Tenga presente que para que no le causen miedo a usted en esas amenazas telefónicas o por medio de cartas, las ejecuciones judiciales tienen que ser planteadas y emitidas las órdenes de embargo, por un juzgado con jurisdicción en el domicilio con el que usted contrajo la deuda. No puede ser emitida por un juzgado de otra jurisdicción u otra provincia.
Esta situación es muy importante tener siempre presente para evitar pagar sumas exorbitantes a desconocidos y a la distancia, todo por efecto del miedo a un embargo que nunca llegará. Pero si tiene dudas al respecto, concurra al juzgado civil y comercial más cercano a su domicilio y pregunte en la mesa de entrada si existen demandas en su contra por estas deudas.
Quinto: Por último, consulte con un profesional abogado que tenga verdadero conocimiento en el tema para evitar pagar mal o pagar dos veces, y que además le posibilite verdaderamente salir del veraz.
Aunque a pesar de todos los consejos anteriores usted igualmente decidiera pagar a la distancia, ese pago de ninguna manera le posibilitará desafectar su firma. Porque a estos cobradores solo les interesa recuperar un dinero que ya estaba perdido al cobro del primer acreedor, y ellos se quedan con la mayor parte de su dinero, y que por otra parte no tienen descripción del capital ni el interés aplicado para justificar los montos abusivos que cobran.
Ante cualquier duda o necesidad que se le gestione la desafectación de su firma para salir del veraz, los invitamos a comunicarse hoy mismo con nosotros y ver juntos como podemos solucionar su problema.