COSTAS – JUICIO DE ALIMENTOS – VENCIMIENTO PARCIAL Y MUTUO

En materia de costas en el juicio de alimentos, rige el principio de que las mismas deben ser soportadas por el alimentante aunque resulte parcialmente vencedor en la contienda, criterio que se sustenta en la naturaleza especial de la obligación alimentaria y en el afán de evitar que el importe de las costas recaiga sobre la cuota, afectando su incolumidad.

FALLOS
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COM. Y CONTENC. ADM. 1RA. NOM. , RIO CUARTO, CORDOBA
(De Souza – Avalos – Cenzano)
I.D., S.E. c/ C., E. s/ Tenencia
SENTENCIA del 5 DE ABRIL DE 2013

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