A los efectos de la determinación del monto de la cuota alimentaria a cargo del progenitor demandado, no resulta necesario que se cuente con el monto exacto de su caudal económico, si existen otros elementos que permitan deducirlo – el ejercicio de una actividad bien remunerada, estilo de vida holgado-.
FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Hugo Alberto Levato – Graciela Scaraffia – Roberto Manuel Degleue)
B., M. S. c/ T., G. A. s/ A
SENTENCIA del 8 DE AGOSTO DE 2013