La pérdida de la habilitación especial que fue causada por enfermedad o impedimento físico lleva necesariamente a la aplicación del Art. 212 LCT. (Del voto del DR. Vilela, integrante de la mayoría).
REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 20.744 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 390/76 Art. 212
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 01 (PUPPO-VAZQUEZ VIALARD-VILELLA)
BENTOS, RAMON c/ TRANSPORTE DEL TEJAR S.A. s/ ACCIDENTE
SENTENCIA, 75908 del 17 DE ABRIL DE 2000