Con el escrito que se promueva la ejecución por expensas comunes se deberá acompañar certificados de deuda que reúnan los requisitos exigidos por el reglamento de copropiedad, resultando por lo tanto ineludible el recaudo de adjuntar el referido reglamento, al menos en su parte pertinente, ya que la sola copia simple del mismo cuando es desconocida por la contraria y no se ha ofrecido prueba tendiente a acreditar su autenticidad resulta insuficiente para dar por cumplido con los recaudos dispuestos por el artº 522 del CPC y torna inhábil el título para la procedencia de la acción. (MINORIA U OPINION PERSONAL)
Fuente del sumario: OFICIAL