La Cámara Federal de Bahía Blanca remitió un amparo colectivo contra el aumento de la tarifa del gas a la Cámara Federal de La Plata para que todas las causas que se inicien en el interior del país se unifiquen “por razones de economía procesal, certeza y seguridad jurídica”, atendiendo a lo dispuesto por la Corte Suprema.
En los autos “b., a. y otro c/estado nacional – pen – ministerio de energía y minería de la nación y otros s/amparo ley 16.986”, el demandante interpuso un recurso de apelación contra la sentencia de grado donde el juez se declaró incompetente ordenó remitirlos al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo nro 5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y simultáneamente no hizo lugar al dictado de la medida cautelar peticionada.
El magistrado sostuvo que “los presupuestos que llevan a radicar el proceso en una sola sede se encuentran acreditados y que si bien de acuerdo con lo dispuesto en el art. 4 de la ley 16.986, correspondería remitir las actuaciones al Juzgado Federal nro.4 de la Ciudad de La Plata, en virtud de lo informado por el Registro de Procesos Colectivos y lo alegado por Camuzzi Gas Pampeana S.A; la Dra Biotti a cargo del Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo nro.5, fue quien admitió la inhibitoria planteada por el Estado Nacional, declarándose competente en las causas iniciadas en el interior del país, entre las que se encuentra la presente”.
Ante ello, los integrantes del Tribunal expresaron que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación advirtió la existencia de un importante número de procesos colectivos iniciados en diferentes tribunales con idéntico o similar objeto (planteo de inconstitucionalidad de la resolución 226/14 de la Secretaría de Energía y de la resolución 2844/14 del Ente Regulador del Gas)”. Asimismo, señaló la necesidad de adoptar las medidas necesarias para evitar que la multiplicidad de procesos redunde en un dispendio de recursos materiales y humanos”.
Por tal motivo, “los jueces intervinientes en las causas a las que se hace referencia deberán unificar su trámite en aquel tribunal que hubiera prevenido en la materia, en atención a la importancia que corresponde asignar a la preferencia temporal en el marco de los procesos colectivos”.
Los magistrados detallaron que “por razones de economía procesal, certeza y seguridad jurídica y atendiendo a lo dispuesto por el Cimero Tribunal en el considerando 2º del precedente citado; sumado a que es de notorio y público conocimiento la solicitud de remisión de la Cámara Federal de La Plata de todos los amparados iniciados contra los aumentos del gas en el interior del país, con la finalidad de que se unifiquen, es que corresponde remitirle las presentes actuaciones”.
Por todo lo expuesto, los integrantes del Tribunal resolvieron remitir las presentes actuaciones a la Cámara Federal de La Plata y comunicar lo aquí resuelto al Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa.