Debe confirmarse el procesamiento, en orden al delito de lesiones culposas, del conductor de una ambulancia quien, a pesar de no encontrarse en situación de emergencia, inició el cruce de una avenida con el semáforo en amarillo impactando contra un automóvil particular, que avanzaba con luz verde, produciéndole lesiones a su conductora, dado que el hecho importó una violación al deber de cuidado toda vez que el embistente no se encontraba en la situación contemplada en el art. 61 de la ley 24.449 -Ley de Tránsito- puesto que simplemente se dirigía a buscar a una profesional para efectuar el traslado de un paciente con alta médica.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 24.449 Art.61
FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 07 (Juan Esteban Cicciaro – Mauro A. Divito)
M., P. M. s/ procesamiento. Lesiones culposas
SENTENCIA, 62046101 del 28 DE MAYO DE 2013
Nro.Fallo: 13060018