MODIFICACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA – REDUCCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA: PROCEDENCIA – DEBER DE ASISTENCIA ENTRE CÓNYUGES

Corresponde reducir la cuota de alimentos fijada a favor de uno de los cónyuges alimentado cuando cambiaron algunas circunstancias tenidas en cuenta en la sentencia que la estableció. De ahí que, la mayoría de edad alcanzada por un hijo de ambas partes y la consecuente cesación del deber alimentario del demandado hacia él, además del hecho de que el cónyuge beneficiario viva en mejores condiciones que el alimentante y su nuevo grupo familiar, sumados a la falta de acreditación de la participación del alimentante en la administración, uso y usufructo de los bienes de la sociedad conyugal, configuran factores que justifican la reducción de la cuota.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL, CAPITAL FEDERAL
Sala L (LIBERMAN, REBAUDI BASAVILBASO.)
T., R. c/ V.S., L. s/ DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA.
SENTENCIA del 4 DE JULIO DE 2007

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