MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA

Corresponde reducir el monto de la cuota alimentaria a cargo del demandado, conforme a lo que fuera peticionado por la madre del menor, pues no existió ninguna probanza respecto del caudal económico del alimentante que habilite un aumento en la cuota, sino que la actora alegó un supuesto cambio en la situación laboral particular del otro progenitor, pero sin sustanciación del accionado.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Scaraffia – Levato)
A., V.L. c/ J.A.G. s/ Alimentos
SENTENCIA del 30 DE ABRIL DE 2013

Posted in Posadas Misiones.