OBLIGACION ALIMENTARIA – MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA

El monto de la cuota alimentaria debe evolucionar en función del crecimiento del menor, puesto que su mayor edad genera mayores gastos -sean de alimentación, vestimenta, educación, esparcimiento-, atento a que a medida que avanza en las distintas etapas de su vida, el propio desarrollo así lo impone, siendo esta la directriz fundamental en la materia, que habrá de conjugarse con el caudal económico del alimentante.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Degleue – Levato – Louise)
C, S M c/ C, J A s/ I
SENTENCIA del 18 DE ABRIL DE 2013

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