La reducción de la escala penal prevista en la ley minoril resulta irrazonable si se tiene en cuenta que el tratamiento tuitivo —oportumente concedido— fracasó en lo que es su propósito primordial, defraudando la confianza de las autoridades e involucrándose en nuevos hechos delictivos tipificados como robo con armas. Que tal conducta viola de manera flagrante la norma básica que debe observar todo menor tras ser declarado responsable, esto es el no volver a delinquir. (Voto del Dr. Tragant, Dr. Riggi según su voto; Dra. Ledesma, en disidencia).
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIÓNAL DE CASACIÓN PENAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 03 (Magistrados: Riggi, Ledesma, Tragant.)
T., A. L. y M., S. F. s/ recurso de casación.
SENTENCIA, 713043 del 23 DE NOVIEMBRE DE 2004