RÉGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD – FINALIDAD DE LA PENA

El Régimen Penal de la Minoridad es un estatuto que prevé la inimputabilidad de los menores o su punibilidad, pero condicionada según ciertas exigencias. La inimputabilidad supone que la reforma y readaptación social, finalidad de la pena, no es posible en quien no cuenta con la formación y adaptación social mínima que el legislador —en su decisión de política criminal— ha valorado como presupuesto inexcusable de culpabilidad. La justificación de la pena desaparece ante la necesidad de actuar —en vez de castigo— medidas educativas básicas, que inspiren en el niño motivos normativos que lo guíen en la convivencia humana.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 22.278 Art.1 al 2, Ley 22.278 Art.4, Ley 22.803

DATOS DEL FALLO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RAWSON, CHUBUT
Sala PENAL (Fernando Royer-José Luis Pasutti-Agustín Torrejón)
N., M.G. s/ Homicidio Simple
SENTENCIA del 29 DE MAYO DE 2000

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