RESPONSABILIDAD PROFESIONAL – RESPONSABILIDAD DEL MÉDICO – RESPONSABILIDAD SUBJETIVA

La responsabilidad objetiva del médico constituye un elenco clauso de supuestos de excepción, que por ende no pueden extenderse a otros casos. De ordinario, la responsabilidad del médico es de naturaleza subjetiva, no objetiva, hallándose enmarcada en el concepto clásico de la culpa en sentido subjetivo, como omisión de la diligencia exigible en el caso. Excepcionalmente existen unos pocos casos en que el médico responde a mérito de factores objetivos. Pero esos contados casos no pueden ser tomados como supuestos comunes, ni extenderse interpretativamente a casos diversos.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERÍA, TRELEW, CHUBUT
Sala A (Carlos Dante Ferrari Marcelo J. López Mesa)
M., V. c/ S., J. y otros s/ Daños y Perjuicios
SENTENCIA, 04-C-09 del 18 DE FEBRERO DE 2009

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