Corresponde descartar tanto los hechos como las conclusiones de la información probatoria emanada de un estudio al servicio del mercado asegurador, por tratarse de una mera manifestación unilateral, y no haber sido objeto de control en su producción por la contraparte.
DATOS DEL FALLO
CÁMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 02 (Fernández-Dorado-Herrero.)
“PÉREZ, JOSÉ LUIS c/ Provincia A.R.T. y otro s/ Ley 24.557”.
SENTENCIA, 120153 del 16 DE FEBRERO DE 2007