Otras de las consultas frecuentes que nos llegan es que se debe hacer con las “amenazas” telefónicas de ejecuciones judicial, y si pagamos esas cobranzas se podrá salir del veraz en forma automática?.
En estos casos, y continuando con lo expresado en el artículo anterior publicado en nuestro sitio lo mejor decíamos, era tomarles la dirección, teléfonos y el correo o e-mail de estas personas para responderles luego, y hacerles conocer cuando las deudas están pagadas, prescriptas o próximas a prescribir, precisamente porque estás últimas pueden ser ya incobrables por vía judicial.
En estos casos también es muy importante recordar que las deudas, sólo pueden ser ejecutadas judicialmente en la ciudad o provincia donde se contrajo el crédito. En otras palabras, ninguna amenaza de ejecución o remate inminente de sus bienes puede realizarse en forma telefónica, ni por mensajes de texto, correo postal, etc., desde una provincia a otra, porque es una mentira con el sólo objeto de crear temor para que la gente corra a pagar una deuda que seguramente ya es incobrable.
Recuerde: El pago de esas deudas por medios telefónicos no implica salir del veraz en forma automática, ni que se libera de la deuda.
Por otra parte, si usted fuera ejecutado en los juzgados de la ciudad de Buenos Aires por ejemplo, y la deuda fue contraída en cualquiera de las provincias, aún la de Bs. As., necesaria y previamente a la ejecución, debe intervenir un juez de su provincia donde usted reside y donde tomó el crédito que se encontraría impago, para que tenga su derecho de defensa en juicio.
Tener en cuenta estas circunstancias es muy importante porque no solo se debe aspirar a salir del veraz, sino también no se debe pagar indebidamente a personas inescrupulosas a la distancia que ni siquiera pueden devolverles el “pagaré” que usted firmó al tomar el crédito porque, sencillamente no los tienen. Son simples call-center dedicados al apriete telefónico con apariencia de estudio de cobranzas, pues nunca serán atendidos por un verdadero abogado.