El presentante intenta descalificar el carácter parcial de la incapacidad determinada por la Alzada, aludiendo a la clasificación de la misma que establece el régimen especial de riesgos del trabajo y a la vulneración al derecho del trabajador a una reparación integral que aquella conlleva, mas olvida que el reclamo de marras se fundamenta en las normas del derecho civil, ordenamiento jurídico que carece de una división en rangos específica de la incapacidad en cuestión, sin lograr acreditar la ilogicidad e irrazonabilidad que le irroga a la Alzada ya que, acorde a las constancias de autos, el término parcial erogado por el Tribunal, se limita a referir -sin alterar el porcentaje fijado- a una incapacidad de un grado menor al total.
FALLOS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA , SANTA FE, SANTA FE
(SPULER – GUTIERREZ – NETRI – GASTALDI – ERBETTA)
AVILE, OSCAR RAUL c/ ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA DE ACEROS S.A. s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
SENTENCIA del 1 DE NOVIEMBRE DE 2016