USURPACION DE INMUEBLE – ABUSO DE CONFIANZA

Para la configuración de la tipicidad del delito de Usurpación por abuso de confianza se requiere la entrada lícita del sujeto activo en la tenencia o posesión del bien otorgada por el sujeto pasivo y la modificación unilateral de su condición de simple tenedor a poseedor “animus dominis”.

DATOS DEL FALLO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA , CORRIENTES
(Chain – Semhan – Rubin)
Pared, Maria Amalia s/ Usurpación
SENTENCIA, 91 del 20 DE SETIEMBRE DE 2012

Posted in Posadas Misiones.