VEHICULO EN MOVIMIENTO – CARGA DE LA PRUEBA

La atribución de responsabilidad en caso de accidentes de tránsito entre vehículos en movimiento, cuya pauta rectora está dada por el artículo 1113 del Código Civil, remite necesariamente al modo en que las partes deben soportar la carga de la prueba y a su valoración, razón por la cual recae en el dueño o guardián demandado el deber de demostrar la culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder, para así exonerarse de la responsabilidad legalmente asignada.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 340 Art.1113

FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala M (De Los Santos – Díaz de Vivar – Posse Saguier)
Mateos, Gabriel Adrián c/ Abad, Horacio Daniel y Otros s/ Daños y perjuicios
SENTENCIA del 27 DE FEBRERO DE 2013

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