INCUMPLIMIENTO DEL DEBER ALIMENTARIO

Corresponde condenar en orden al delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en forma continuada (art. 1º ley 13944 y 55 CP) e imponerle la pena de 1 año y 1 mes de prisión de cumplimiento efectiva a un padre de siete hijos que durante más de cinco años no cumplió con su obligación alimentaria, pues ha incurrido en omisión alimentaria dolosa, habiéndose sustraído con conciencia e intención del cumplimiento de sus obligaciones, sumado al desentendimiento afectivo en que incurrió al suspender el contacto con los mismos.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 11.179 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 3992/84 Art.55, Ley 13.944 Art.1

FALLOS
JUZGADO PENAL JUVENIL , CORDOBA, CORDOBA
(NORA ALICIA GIRAUDO DE ROMERO)
A., H. R. s/ INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR
SENTENCIA del 1 DE NOVIEMBRE DE 2013

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