COSTAS – CUOTA ALIMENTARIA – COSTAS EN EL ORDEN CAUSADO

La condena en costas en el orden causado se ajusta a derecho y debe ser confirmada, pues, de las constancias de autos surge que el proceso concluyó con el acuerdo homologado y que el alimentante demostró una actitud cumplidora, no evidenciándose el comportamiento que menciona la apelante en sus agravios, máxime cuando el alimentante fue quien inició el trámite.

FALLOS
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE
MINERIA , NEUQUEN, NEUQUEN
Sala 02 (Federico GIGENA BASOMBRIO – Patricia CLERICI)
A. J. A. c/ A. M. F. s/ INC. DE OFRECIMIENTO DE CUOTA ALIMENTARIA.
INTERLOCUTORIO, 622/14 del 11 DE DICIEMBRE DE 2014

TRIBUNAL DE IMPUGNACION , NEUQUEN, NEUQUEN
(Repetto – Folone – Larumbe)
Riquelme Abdon, Miguel s/ Homicidio culposo
SENTENCIA del 29 DE MAYO DE 2015

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