La historia clínica tiene como finalidad primaria facilitar la asistencia sanitaria del paciente al permitir al médico (o a los distintos facultativos que lo atienden sucesivamente) contar con una visión completa del historial de la salud del enfermo y de los distintos actos médicos que le fueran realizados a lo largo del tiempo. Se comprende que el rasgo de completividad de la historia clínica cobra especial importancia y trascendencia cuando se trata de dilucidar la justa composición del conflicto de intereses que se ha suscitado con motivo del ejercicio de la profesión de médico. Se trata sin duda de un medio de prueba directo que se erige en la principal fuente de información para los peritos que deben dictaminar en el juicio de responsabilidad civil o penal al que puede ser sometido un profesional médico. De allí la importancia de su prolijidad o completividad, pues si la historia clínica no refleja todo lo que el médico hizo para diagnosticar y si tampoco consigna el diagnóstico mismo, resulta imposible para los peritos pronunciarse sobre la existencia de una mala praxis médica. (MINORÍA U OPINIÓN PERSONAL)
DATOS DEL FALLO
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, LA PLATA, BUENOS AIRES
(Hitters-de Lázzari-Roncoroni-Negri-Kogan-Genoud En minoría: Hitters B21591/ B21792/ B24082 En mayoría: De Lazzari B27940/ B27945/ B27946 Opinión personal: Roncoroni B27947 al B27949)
Viñolas, Walter Jorge y otro c/ Clínica Privada del Niño y La Familia S.R.L. s/ Daños y perjuicios
SENTENCIA del 3 DE AGOSTO DE 2005