USURPACIÓN DE INMUEBLE: PROCEDENCIA – CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN: IMPROCEDENCIA

No obstante la vivienda afectada es propiedad de la Comisión Nacional de la Vivienda, y aun de resultar la imputada beneficiada por la asignación, resultará típica la conducta denunciada si la tenencia era detentada por el denunciante, en cuanto al expulsarlo por la fuerza lo despojó de la tenencia del bien, tal como lo requiere la norma del inc. 1 del art. 181 C.P. No merecen el menor análisis los argumentos de la defensa en cuanto pretende la aplicación del art. 35 C.P., ya que no concurren en autos los elementos necesarios para que proceda una causa de justificación, de modo tal que elimine la antijuridicidad de la conducta que les fue reprochada.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 11.179 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 3992/84 Art.35, Ley 11.179 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 3992/84 Art.181

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 01 (Navarro, Filozof. (Sec.: Gorostiaga).)
CHAVEZ, Clara C. y otros. s/ PROCESAMIENTO
INTERLOCUTORIO del 7 DE AGOSTO DE 2002

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